27 de Junio de 2024
A raíz de los cambios de esta normativa, la CE inició el pasado 7 de junio una consulta pública por la que se invita a todas las partes interesadas a formular observaciones sobre las modificaciones propuestas al “Reglamento de minimis en el sector agrícola” hasta el 21 de julio de 2024.
- El Reglamento de minimis en el sector agrícola dejará de aplicarse el 31 de diciembre de 2027. Antes de este vencimiento hay prevista una revisión del mismo
- Los cambios contemplados pasan por ampliar el límite máximo de minimis por empresa a lo largo de tres años, así como la creación de un registro que evitará labores administrativas al agricultor
- De cara a esta revisión, la Comisión Europea ha puesto a disposición del público una encuesta en la que se puede participar hasta el 21 de julio
Las ayudas de “minimis” en el sector agroalimentario, o pequeñas ayudas estatales, son aquellas aportaciones de escasa cuantía que pueden conceder en la Unión Europa (UE) los Estados miembros, utilizadas en general en momento de crisis, y que no requieren de la aprobación de la Comisión Europea (CE) porque se considera que no tienen ningún efecto en la competencia y el comercio en el mercado interior.
En la actualidad, los Estados miembros pueden conceder ayudas al sector agrícola por valor de hasta 20.000 euros por beneficiario durante un período de tres ejercicios fiscales. Si un Estado miembro dispone de un registro central nacional para las ayudas de minimis (en la actualidad, estos registros estatales tienen carácter voluntario para los Estados miembros), se pueden dar hasta 25.000 euros durante un período de tres ejercicios fiscales. Además de estos límites máximos por beneficiario, cada Estado miembro de la UE tiene un importe nacional máximo (el llamado «tope nacional») que no puede superar, a fin de evitar cualquier posible falseamiento de la competencia.
Cambios en el reglamento de minimis
El Reglamento de minimis en el sector agrícola dejará de aplicarse el 31 de diciembre de 2027. Antes de este vencimiento estaba prevista una revisión del Reglamento, la cual se ha visto acelerada ante la escalada inflacionista de precios sobre el sector agroalimentario. De ahí que la CE haya adelantado los siguientes cambios:
- La ampliación del límite máximo de minimis por empresa a lo largo de tres años, que pasaría de 25.000 euros a 37.000 euros, a fin de tener en cuenta la inflación.
- El ajuste de los topes nacionales, que se calculan sobre la base del valor de la producción agrícola. Las normas vigentes tienen en cuenta el período de referencia 2012-2017 para ese cálculo. Ahora, este se amplía para que cubra el período 2012-2023, lo permite tener en cuenta el aumento del valor de la producción agrícola, especialmente durante los últimos años, ampliando así el tope nacional para todos los Estados miembros.
- El importe máximo de la ayuda se calculará sobre un período de tres años naturales en lugar de tres ejercicios fiscales.
- La introducción de un registro obligatorio de ayudas de minimis a nivel nacional o europeo a fin de aumentar la transparencia y reducir la carga administrativa para los agricultores, dado que actualmente utilizan un sistema de autodeclaración, por lo que ya no tendrán que controlar por sí mismos su cumplimiento (en la actualidad, esos registros centrales tienen carácter voluntario para los Estados miembros).
Encuesta
A raíz de los cambios de esta normativa, la CE inició el pasado 7 de junio una consulta pública por la que se invita a todas las partes interesadas a formular observaciones sobre las modificaciones propuestas al “Reglamento de minimis en el sector agrícola”. Todas las partes interesadas pueden responder a esta consulta hasta el 21 de julio de 2024.
Además de la consulta, el proyecto de propuesta también se debatirá en reuniones entre la Comisión y los Estados miembros, lo que garantizará que los países de la UE y las partes interesadas tengan oportunidades suficientes de presentar observaciones al respecto.
La Comisión tiene previsto adoptar lo antes posible las modificaciones del Reglamento agrícola de minimis, teniendo en cuenta las observaciones recibidas de los Estados miembros y de las partes interesadas.
Puede encontrarse más información sobre las ayudas estatales en el sector agrícola en el sitio web específico.