Publicadas las bases reguladoras de las ayudas para programas plurirregionales de formación para profesionales del medio rural


programas plurirregionales de formación para profesionales del medio rural

19 de Mayo de 2016
Innovación

Los programas de formación tienen como objetivo el desarrollo y mejora de la cualificación de los agricultores, de los ganaderos, los gestores de explotaciones agrarias y mujeres rurales


19.05.2016

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado el pasado 16.05.2016 en el Boletín Oficial del Estado la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a programas plurirregionales de formación dirigidos a agricultores, ganaderos, gestores de explotaciones agrarias y mujeres rurales.

Las ayudas estarán cofinanciadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Fondo Social Europeo, con cargo al Programa Operativo “Empleo, Formación y Educación”, a través del Eje 1 “Fomento del empleo sostenible y de la calidad y de la movilidad laboral”, que se orienta a la formación continua, al reciclaje profesional y al acceso al empleo de las mujeres rurales.

Los destinatarios de las ayudas serán las organizaciones profesionales agrarias de carácter general, las organizaciones representativas de sectores agrícolas, ganaderos y forestales, las asociaciones de mujeres rurales y otras entidades directamente relacionadas con el medio rural.

Las entidades beneficiarias deberán carecer de ánimo de lucro o si desarrollan actividades de carácter comercial, deberán invertir la totalidad de los beneficios resultantes en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales. Además, los beneficiarios de estas ayudas deberán tener ámbito de actuación e implantación en todo el territorio nacional, y no recibir del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente otras ayudas para estos mismos programas de formación. 

La convocatoria de estas ayudas se publicará próximamente. Las solicitudes se podrán presentar, una vez publicada la correspondiente convocatoria, en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las bases reguladoras se pueden consultar en el siguiente enlace: BASES REGULADORAS